martes, 18 de noviembre de 2008

Veto presidencial a ley del aborto en Uruguay: Verdadera lección para América Latina

LIMA, 18 Nov. 08 / 01:01 pm (ACI).- La tercera Vicepresidenta del Congreso del Perú, Fabiola Morales, felicitó el reciente veto del Presidente Tabaré Vásquez a la ley del aborto en Uruguay y explicó cómo esta decisión de un mandatario "izquierdista en el país de más larga tradición liberal y laicista de América del Sur" es una verdadera lección pro-vida para los políticos de América Latina.


En un reciente artículo, tras precisar que la aprobación de la ley del aborto estuvo llena de irregularidades, Morales señala que "haciendo uso de la facultad que le concede la Constitución, Vásquez se impuso a la enorme presión de su propio partido que unánimemente había aprobado la moción. Inclusive días antes los medios de comunicación uruguayos reportaron que ningún ministro apoyaría al presidente e imposibilitaría el veto".


"Versión totalmente refutada por declaraciones públicas de la Ministra de Salud, María Julia Muñoz y por el Ministro de Turismo, Héctor Lescano. Finalmente fue la firma de la primera la que con su firma acompañó formalmente al Presidente en su veto".


La parlamentaria peruana recuerda luego que Vásquez ofrecido este veto en distintos momentos de su mandato y resaltó que "coherencia y celeridad al emitir el veto ya eran suficientes atributos para destacar una acción de claridad política (poco abundante en estos días). Sin embargo, las afirmaciones que sustentan legal y políticamente el veto rubricado por el Presidente de Uruguay son una verdadera lección de defensa de la vida para los políticos".


Tras cuestionar luego "¿cómo podrán ahora los promotores del aborto meter a Tabaré Vásquez en el corsé de 'fundamentalista religioso de un partido de ultra derecha' que tanto les gusta usar para poner a quienes se oponen a considerar el asesinato de un niño por nacer como un derecho?", Morales señala algunas ideas esenciales del veto presidencial:

La liberalización del aborto no lo reduce, lo aumenta; como en el caso de España y Estados Unidos.

La legislación no puede desconocer la realidad.

El valor de la persona está en su mera existencia, antes que en su utilidad o en los sentimientos que suscita.

En virtud del Pacto de San José de Costa Rica, Uruguay está obligado a proteger la vida desde la concepción y a reconocer en dicha vida a una persona. Si no lo va a hacer, tendría que previamente denunciar la Convención.

La regulación de la objeción de conciencia es deficiente y discriminatoria. No se respeta la libertad de conciencia para cambiar de opinión ni de pensamiento.


Para Fabiola Morales, este veto constituye un "mensaje contundente para políticos que ahora tienen un suficiente e inteligente sustento legal, social, económico, 'libertario' y de política de Estado para oponerse a la despenalización del aborto. Nada menos que hecho público y vinculante para sustentar una decisión presidencial en un país que se ufana de su talante laicista".


"Luego de este veto, habrá que ser un político muy desfachatado para sostener en los foros de la vida pública los argumentos que hasta hoy se han venido argumentando a favor del aborto", concluye.


A continuación, ACI Prensa ofrece el texto completo del veto presidencial:

"Texto del Veto del Presidente de Uruguay, Tabaré Vásquez, a la ley de despenalización del aborto


Montevideo, 14 de noviembre de 2008

Señor Presidente de la Asamblea General

El Poder Ejecutivo se dirige a ese Cuerpo en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 137 y siguientes de la Constitución de la República a los efectos de observar los Capítulos II, III y IV, artículos 7 a 20, del proyecto de ley por el que se establecen normas relacionadas con la salud sexual y reproductiva sancionado por el Poder Legislativo.


Se observan en forma total por razones de constitucionalidad y conveniencia las citadas disposiciones por los fundamentos que se exponen a continuación. Hay consenso en que el aborto es un mal social que hay que evitar. Sin embargo, en los países en que se ha liberalizado el aborto, éstos han aumentado. En los Estados Unidos, en los primeros diez años, se triplicó, y la cifra se mantiene: la costumbre se instaló. Lo mismo sucedió en España.


La legislación no puede desconocer la realidad de la existencia de vida humana en su etapa de gestación, tal como de manera evidente lo revela la ciencia. La biología ha evolucionado mucho. Descubrimientos revolucionarios, como la fecundación in vitro y el ADN con la secuenciación del genoma humano, dejan en evidencia que desde el momento de la concepción hay allí una vida humana nueva, un nuevo ser. Tanto es así que en los modernos sistemas jurídicos –incluido el nuestro– el ADN se ha transformado en la 'prueba reina' para determinar la identidad de las personas, independientemente de su edad, incluso en hipótesis de devastación, o sea cuando prácticamente ya no queda nada del ser humano, aun luego de mucho tiempo.


El verdadero grado de civilización de una nación se mide por cómo se protege a los más necesitados. Por eso se debe proteger más a los más débiles. Porque el criterio no es ya el valor del sujeto en función de los afectos que suscita en los demás, o de la utilidad que presta, sino el valor que resulta de su mera existencia.


Esta ley afecta el orden constitucional (artículos 7º, 8º, 36º, 40º, 41º, 42º, 44º, 72º y 332º) y compromisos asumidos por nuestro país en tratados internacionales, entre otros el Pacto de San José de Costa Rica, aprobado por la Ley Nº 15.737 del 8 de marzo de 1985 y la Convención Sobre los Derechos del Niño aprobada por la Ley Nº 16.137 del 28 de setiembre de 1990.En efecto, disposiciones como el artículo 42 de nuestra Carta, que obliga expresamente a proteger a la maternidad, y el Pacto de San José de Costa Rica –convertido además en ley interna como manera de reafirmar su adhesión a la protección y vigencia de los derechos humanos– contiene disposiciones expresas, como su artículo 2º y su artículo 4º, que obligan a nuestro país a proteger la vida del ser humano desde su concepción.


Además, le otorgan el estatus de persona. Si bien una ley puede ser derogada por otra ley, no sucede lo mismo con los tratados internacionales, que no pueden ser derogados por una ley interna posterior. Si Uruguay quiere seguir una línea jurídico-política diferente a la que establece la Convención Americana de Derechos Humanos, debería denunciar la mencionada Convención (Art. 78 de la referida Convención).


Por otra parte, al regular la objeción de conciencia de manera deficiente, el proyecto aprobado genera una fuente de discriminación injusta hacia aquellos médicos que entienden que su conciencia les impide realizar abortos, y tampoco permite ejercer la libertad de conciencia de quien cambia de opinión y decide no realizarlos más.


Nuestra Constitución sólo reconoce desigualdades ante la ley cuando se fundan en los talentos y virtudes de las personas. Aquí, además, no se respeta la libertad de pensamiento de un ámbito por demás profundo e íntimo. Este texto también afecta la libertad de empresa y de asociación, cuando impone a instituciones médicas con estatutos aprobados según nuestra legislación, y que vienen funcionando desde hace más de cien años en algún caso, a realizar abortos, contrariando expresamente sus principios fundacionales.


El proyecto, además, califica erróneamente y de manera forzada, contra el sentido común, el aborto como acto médico, desconociendo declaraciones internacionales como las de Helsinki y Tokio, que han sido asumidas en el ámbito del Mercosur, que vienen siendo objeto de internalización expresa en nuestro país desde 1996 y que son reflejo de los principios de la medicina hipocrática que caracterizan al médico por actuar a favor de la vida y de la integridad física.


De acuerdo a la idiosincrasia de nuestro pueblo, es más adecuado buscar una solución basada en la solidaridad que permita promocionar a la mujer y a su criatura, otorgándole la libertad de poder optar por otras vías y, de esta forma, salvar a los dos. Es menester atacar las verdaderas causas del aborto en nuestro país y que surgen de nuestra realidad socio-económica.


Existe un gran número de mujeres, particularmente de los sectores más carenciados, que soportan la carga del hogar solas. Para ello, hay que rodear a la mujer desamparada de la indispensable protección solidaria, en vez de facilitarle el aborto. El Poder Ejecutivo saluda a ese Cuerpo con su mayor consideración,


Dr. Tabaré Vázquez Presidente de la República".


De otro lado, la plataforma española Hazteoir.org, ha puesto a disposición de quienes así lo deseen, una dirección web para felicitar al Presidente uruguayo: http://www.hazteoir.org/node/15464

1 comentario:

Anónimo dijo...

EL DERECHO A LA VIDA.
Todo niño tiene derecho a nacer, no sólo eso, su madre tiene derecho a un embarazo saludable.
Esto implica una legislación integral pro vida ya que la marginalidad, la droga y los atropellos laborales, asi como la discriminación, afectan la salud fisica y mental de la madre y, por ende, del niño que espera.
Por estos motivos (más que razones de pura lógica) es obvio que la madre no puede estar sujeta a tratos degradantes, como la prostitución o la tortura.
Le facilitariamos las cosas al neoliberalismo genocida si, lisa y llanamente, suprimieramos al más débil, debido a que somos ineficientes para actuar sobre las causas sociales reales.
No obstante hay pericias médicas de carácter técnico que pueden (y deben, me temo) interrumpir embarazos aberrantes
aunque esto no es precisamente un triunfo de la tecnología médica.
El problema es que, por presión social, se pasa de casos gravisimos a simplemente graves, y de ahi a la total trivialización del tema, como si la vida humana en su origen fuera algo tan desechable como un preservativo, o una lata de Coca-Cola.
Tampoco se debe caer en el sesgo de culpabilizar MAS a la martirizada madre (que a su contexto sociocultural o familiar anómalo) imponiéndole un complejo ancestral, que ella por si sola tal vez no puede sobrellevar.
Aconsejo suma prudencia para saber discernir lo singular dentro de una norma abstracta, "si" o "no", dicotómica, y sin matización de criterios.
La pregunta más importante es:
¿que piensa y siente la mujer
respecto a esto?. En estos casos,
¿no deberia tender la mujer legisladora DOS votos y el hombre uno?. Me parece.
Disculpen que tenga una opinión dialéctica o dialogante, antes que la visión positivista y analitica, tan propia de los lenguajes "cerrados".