Opinión de José Aylwin, Codirector Observatorio Ciudadano.
En estos días se cumple un año de la muerte de Matías Catrileo, estudiante de Agronomía de la Universidad de la Frontera de origen mapuche, de 22 años de edad. Matías Catrileo falleció en la comuna de Vilcún, en la Araucanía, el 3 de enero de 2008 como consecuencia de un disparo efectuado por un integrante de fuerzas especiales de carabineros, el cabo segundo Walter Ramírez, que impactó en su espalda, en un enfrentamiento en las cercanías del predio de propiedad del agricultor Jorge Luchsinger.
De acuerdo a antecedentes (grabaciones) que constan en el proceso que fiscalía militar sigue para investigar estos hechos, los disparos fueron realizados por el cabo Ramírez a sabiendas que el joven, y sus acompañantes, no portaban armas. A pesar de ello, y de existir evidencia de que el cabo Ramírez violó el artículo 330 del Código de Justicia Militar que tipifica el delito de violencia innecesaria, en este caso con consecuencia de muerte, éste se encuentra en libertad por resolución de la Corte Marcial desde el 31 de enero de 2008.
La trágica muerte de Matías Catrileo nos obliga a reflexionar sobre una realidad que no ha sido abordada adecuadamente en nuestro país; el fenómeno de la violencia policial en contra de la población civil, en particular en contra de los defensores de derechos humanos. La existencia de situaciones de violencia policial en contra de la población civil bajo los gobiernos democráticos ha sido constatada por diversas entidades. Según FLACSO Chile, entre 1990 y 2004 se ingresaron en la justicia militar 6.083 casos por violencia imputable a Carabineros sólo en las regiones IV, V, VI y Metropolitana. Organismos de derechos humanos (Amnistía, Codepu, Observatorio Ciudadano) dan cuenta de la persistencia de estas prácticas policiales en los años recientes. La propia Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas da cuenta en sus informe trimestrales de 2007 y 2008 del incremento de las denuncias por abusos policiales por parte de la población en el último año.
Posiblemente el caso más grave es el que afecta a los pueblos indígenas. Entidades de derechos humanos han documentado un promedio de 20 casos anuales graves de violencia policial en perjuicio de personas de origen mapuche los últimos tres años. Entre ellos se cuentan allanamientos masivos de comunidades con violencia en contra de las personas – incluidos ancianos y niños- y de sus bienes; el uso desproporcionado de las armas de fuego, resultando en los últimos años en la muerte de tres personas (Alex Lemún el 2002, el lonko Juan Colihuín el 2006 y Matías Catrileo el 2008), delitos todos impunes a la fecha.
La violencia policial ha afectado en los últimos años a otros sectores sociales, como los estudiantes y los trabajadores. El actuar represivo de carabineros frente a las manifestaciones de estudiantes secundarios ocurridas a contar del 2006 en diferentes ciudades del país, ha concitado la preocupación del Comité de Derechos del Niño de la ONU (2007). Lo mismo ha ocurrido en el caso de los trabajadores, cuyas manifestaciones han sido reprimidas duramente en los últimos años, con el resultado de una víctima fatal, como es el caso del trabajador forestal Rodrigo Cisternas, ocurrida en Arauco el 2007.
Algunos de estos hechos de violencia imputables a Carabineros y a la Policía de Investigaciones constituyen tortura a la luz de la Convención sobre la materia ratificada por Chile. Solo el 2008 se ha podido constatar la existencia de cuatro casos de tortura; dos en contra de personas mapuche en la región de la Araucanía (uno afectó a integrantes de la comunidad de Temucuicui, y otro a integrantes de la comunidad José Guiñón, ambos imputables a Carabineros), uno en contra de trabajadores (el caso del trabajador del sindicato de la empresa Aguas Claras en Puerto Montt, José Moil Paredes, también imputable a Carabineros), y otro en contra de Elena Varela, cineasta detenida por la Policía de Investigaciones en mayo de este año.
El informe anual sobre derechos humanos en Chile 2008 de la Universidad Diego Portales da cuenta con preocupación del recrudecimiento de situaciones de uso abusivo de la fuerza pública, en particular como forma de reprimir la movilización social, tales como las que han desarrollado en el período del informe estudiantes y trabajadores.
Dos son los factores que para los organismos de derechos humanos que en septiembre de este año lanzamos la campaña Alto Ahí- Basta de Violencia Policial en Chile (www.altoahi.cl) explican la persistencia de este fenómeno en el país. El primero dice relación la impunidad en que quedan estos hechos como consecuencia de la falta de imparcialidad de los tribunales militares que los conocen. En efecto, de acuerdo a la legislación vigente, los tribunales militares tienen competencia exclusiva para conocer abusos tales como la tortura, el homicidio o el uso injustificado de la fuerza por parte de Carabineros, si se cometen durante actos de servicio o en recintos militares.
La vulneración al debido proceso al amparo de la jurisdicción militar ha sido representada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su condena al Estado de Chile en el caso Palamara vs. Chile el 2005. En dicho caso la Corte señaló al Estado la necesidad de adecuar, en un plazo razonable, el ordenamiento jurídico interno a los estándares internacionales limitando la jurisdicción penal militar al conocimiento de delitos de función cometidos por militares en servicio activo, adecuamiento, como sabemos, que sigue pendiente.
La persistencia de la jurisdicción militar para procesar a civiles y la posibilidad de que a través de ella se legitime, en base a los tipos penales vigentes en el Código de Justicia Militar, actos de violencia innecesaria por parte de integrantes de las fuerzas armadas, también fue observada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU en su informe sobre Chile el 2007.El segundo factor dice relación con la falta de voluntad política de las autoridades de gobierno para enfrentar esta realidad violatoria de derechos humanos. A pesar de las denuncias formuladas, las autoridades no han adoptado las medidas necesarias para lograr una sanción, ya sea administrativa o judicial, de los responsables de los hechos de violencia que son imputables a los agentes policiales del estado.
Las autoridades de Gobierno rara vez se han hecho parte en las causas que se siguen a objeto de perseguir la responsabilidad criminal de las actuaciones de efectivos policiales constitutivas de delito. Ello a pesar de no existir limitaciones legales para estos efectos. Esta pasividad no solo desoye abiertamente las recomendaciones que el Comité de Derechos Humanos hiciera al Estado de Chile en su informe del 2007 sobre la materia, sino que contrasta con el rol activo que el gobierno, en particular el Ministerio del Interior, ha asumido en la persecución de la responsabilidad penal de la población civil que participa de acciones de protesta social, o cuando se le imputa participación en hechos de violencia que afectan a efectivos policiales, o a la propiedad. Tampoco han impulsado con la energía que se requiere las iniciativas legislativas que se requieren para poner término a la competencia de la justicia militar para conocer delitos que afectan a la población civil.
Mientras se mantenga el marco normativo vigente, y las autoridades gubernamentales no asuman la responsabilidad que les cabe para poner término a las prácticas abusivas de violencia policial en Chile, hechos como la muerte de Matías Catrileo seguirán ocurriendo.
Fuente: Obsertorio de Derechos de los Pueblos Indígenas. http://www.observatorio.cl/contenidos/naveg/navTpl.php?id=20090104141130
Del blog "Misión jesuita mapuche"
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