Crea una comisión de 7 obispos o cardenales para su examen rápido
Nuevas normas para los "delicta graviora" contra la fe, los sacramentos y la moral
El papa Francisco ha decretado la creación de una comisión (Coleggio) de siete obispos o cardenales para examinar rápidamente los recursos de religiosos condenados por delitos graves, como la pederastia, informó hoy el Vaticano.
El Vaticano publicó hoy las nuevas normas reescritas por el papa argentino sobre los recursos de los eclesiásticos por "delicta graviora", es decir contra la fe, los sacramentos y la moral, y entre los que se encuentran el de pederastia.
Esos casos se juzgan desde laCongregación para la Doctrina de la Fe, el ex Santo Oficio, dentro del cual se crea esta nueva comisión.
La decisión de crear un "Coleggio" de cardenales y obispos, señala la nota de la oficina de prensa, se debe a la necesidad de garantizar una mayor rapidez a la hora de examinar los muchos recursos existentes.
El presidente y los siete miembros de este nuevo organismo, que pueden ser también externos al ex Santo Oficio, serán nombrados por el papa Francisco, agregó el comunicado.
Durante la Sesión Ordinaria de dicha Congregación (conocida como Feria IV), donde se examinan las posibles violaciones, este nuevo organismo se ocupará de analizar los recursos, pero sin "modificar las competencias ya establecidas", se lee en las nuevas normas.
Si el reo es obispo, añade, "su recurso será examinado por la Sesión ordinaria" de la Congregación, pero el papa también podrá decidir que se ocupen de otros casos.
La nueva comisión deberá informar periódicamente de sus propias decisiones a la Sesión Ordinaria.
Según el portavoz del Vaticano, Federico Lombardi, la decisión del papa de crear este "Coleggio" de cardenales y obispos para examinar los recursos de los religiosos condenados por abusos sexuales y otros delitos graves "ha sido acogida bien y considerada una buena solución" por parte de la Congregación.
Lombardi explicó que los recursos de apelación, sobre todo los de abusos sexuales a menores, "son un trabajo arduo" y "hay casos acumulados" que estaban haciendo absorber todo el tiempo de la Sesión Ordinaria, que se reúne una vez al mes.
El portavoz vaticano comentó que actualmente los recursos presentados son "unos cuatro o cinco al mes", pues "muchísimos miembros del clero", sobre todo los condenados por abusos a menores, recurren sus sentencias.
Tras la creación de esta comisión, considerada como un Tribunal de Apelación, en el interior del ex Santo Oficio, se verá el cargo que tendrá el arzobispo argentino José Luis Mollaghan.
El exarzobispo de Rosario (Argentina) fue convocado al Vaticano el pasado mayo para que formase parte de esta comisión que aún no había sido creada y que ahora podría presidir.
Mollaghan nació en Buenos Aires el 2 de mayo de 1946 y fue ordenado sacerdote el 19 de marzo de 1971. Elegido obispo titular de Teuzi y auxiliar de Buenos Aires el 22 de julio de 1993 por Juan Pablo II, posteriormente fue promovido a arzobispo de Rosario el 22 de diciembre de 2005.
El arzobispo argentino es licenciado en Teología y doctor en Derecho Canónico por la Pontificia Universidad Gregoriana de Roma.
Con la creación de esta comisión, el papa aborda de nuevo el tratamiento de los escándalos en el seno de la Iglesia, sobre todo en lo que concierne en los delitos de pederastia.
Francisco, en su vuelo de regreso de Tierra Santa, ya aseveró que no habría "privilegios" para los religiosos acusados de estos delitos y meses después ordenaba la detención del exnuncio en República Dominicana, el polaco Josef Wesolowski, en espera de que sea juzgado en Ciudad del Vaticano por la acusación de abusos a menores.
El papa argentino también ha creado una Comisión formada por cardenales y laicos para que estudien cómo prevenir estos casos de abusos por parte de religiosos y cómo ayudar a las víctimas.
Texto del rescripto papal
El Motu Proprio Sacramentorum Sanctitatis Tutela (SST) de San Juan Pablo II, publicado el 30 de abril de 2001 y actualizado el 21 de mayo de 2010 por el Papa Benedicto XVI, precisa cuáles son los delitos reservados a la competencia de la Congregación para la Doctrina de la Fe (cfr. art. 1-6) de conformidad con el artículo 52 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus.
La Congregación para la Doctrina de la Fe juzga dichos delitos a través del proceso penal, judicial o administrativo (cfr. Art. 21 § 1 y § 2, n. 1 SST), teniendo en cuenta la posibilidad de someter directamente la decisión al Sumo Pontífice en los casos más graves (ver. Art. 21 § 2 ,n.2 SST). Se entiende, por cuanto respecta a los delitos contra la fe, que la competencia en primera instancia es del Ordinario o del Jerarca (cfr. Art. 2 § 2 SST).
Debido a la cantidad de recursos y a la necesidad de garantizar un examen más rápido de los mismos, después de una profunda reflexión y tras la audiencia concedida el 3 de noviembre al cardenal Secretario de Estado Pietro Parolin, el Papa Francisco ha decretado cuanto sigue:
1.- Se establece dentro de la Congregación para la Doctrina de la Fe un Colegio especial, que consta de siete cardenales u obispos que pueden ser tanto miembros del dicasterio como externos al mismo.
2.- El Presidente y los miembros de dicho Colegio serán nombrados por el Papa.
3.- El Colegio es una instancia de la que la Sesión Ordinaria (Feria IV) de la Congregación se dota para una mayor eficiencia en el examen de los recursos de los que habla el art 27 SST, sin que se modifiquen sus competencias en materia según lo establecido en el citado artículo. 27 de SST.
4.- En el caso de que el reo posea la dignidad episcopal, su recurso será examinado por la Sesión Ordinaria, que también podrá decidir casos particulares según el juicio del Papa. A dicha Sesión se podrán remitir también otros casos que decida el Colegio.
5.- El Colegio informará periódicamente de sus decisiones a la Sesión Ordinaria.
6.- Un reglamento interno especial determinará la modalidad operativa del Colegio.
RD
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